Marco normativo de la gestion medioambiental

En virtud del marco de distribución de competencias entre las distintas Administraciones Públicas españolas establecido por la Constitución Española y de la integración de España en la Unión Europea, la normativa en materia de protección y gestion medioambiental aplicable en el territorio español se emite desde los siguientes ámbitos:

Fuentes de emisión de normativa

- Internacional (Tratados y Convenios)
- Unión Europea
- Estado español
- Comunidades Autónomas
- Entidades Locales (Ayuntamientos)

A medida que fueron apareciendo problemas medioambientales de escala global y regional, se han venido estableciendo convenios y tratados para abordar su resolución, basados en la cooperación internacional. La mayor parte de estos convenios son ratificados posteriormente por los Estados o “partes” y principalmente están relacionados con los recursos marinos, la contaminación transfronteriza y los problemas atmosféricos globales.

Unión Europea

La Unión Europea constituye la principal fuente emisora de normas medioambientales, las cuales tienen como finalidad armonizar las legislaciones de los Estados miembros y establecer unas condiciones mínimas para todos ellos.

La Unión Europea puede adoptar los siguientes tipos de actos jurídicos (art. 249 de TCEE): Reglamentos/Directivas, Decisiones, Recomendaciones y Dictámenes.

marco normativo medioambiental

Estado Español

El artículo 149 de la Constitución Española otorga al Estado Español la competencia exclusiva de legislación básica sobre protección del medio ambiente y de representación en los foros internacionales.
Y el artículo 45 de la misma expone que “Todos tienen derecho a disfrutar de un medioambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.” “Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recurso naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente....”

Las normas que a escala estatal se emiten en materia de medio ambiente pueden tener el siguiente rango: Leyes, Real Decreto y Decretos Legislativos

Comunidades Autónomas

Por otra parte, las Comunidades Autónomas tienen competencias sobre la gestión del medio ambiente y el establecimiento de normas adicionales de protección. El esquema de normas autonómicas es similar al de las estatales: Ley, Decreto Legislativo, Decreto, Orden y Resolución. Todas ella con efecto en su respectivo territorio autonómico.

Entidades Locales

Por último, la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, otorga a los Ayuntamientos el ejercicio de competencias en materia de suministro de agua, alcantarillado, tratamiento de aguas residuales, gestión de residuos urbanos, ordenación urbanística, protección del medio ambiente y autorización de instalación de actividades, pudiendo a tal fin emitir regulaciones concretas y específicas, siempre en consonancia con la legislación estatal y autonómica.

Cuestiones reguladas por la legislación

Dentro del amplio espectro de materias que regula la legislación medioambiental, se comenta a continuación aquellas que tiene una mayor incidencia para las empresas.

Legislación medioambiental reguladora de procedimientos de concesión de licencias de proyectos y actividades.

El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, constituye la primera norma española que introduce la variable medioambiental (aunque principalmente por motivos sanitarios y de seguridad) en el procedimiento de concesión de licencias de apertura de actividades industriales y mercantiles, competencia municipal en base a lo estipulado por la legislación de régimen local.

legislacion medioambiental

Este Reglamento incluye una lista, de carácter no exhaustivo, de actividades calificadas como molestas, insalubres, nocivas o peligrosas. Cualquier actividad calificada como tal debe aportar, al solicitar la licencia de apertura, un estudio sobre su posible repercusión sobre la sanidad ambiental y los sistemas correctores que tiene previsto utilizar, con expresión de su grado de eficacia y garantía de seguridad. Obtenida la licencia, la actividad no podrá comenzar a ejercerse sin previa comprobación del cumplimiento de las condiciones exigidas en la licencia.

Este enfoque fue ampliado y desarrollado posteriormente para la autorización de determinadas actividades con una incidencia importante sobre el medio ambiente, mediante la instauración del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual debe indicar todos los posibles impactos de la actividad sobre el medio ambiente e indicar la medidas correctoras que se van a adoptar para evitarlos o mitigarlos. La autorización del proyecto queda supeditada a las condiciones que imponga el órgano ambiental competente, pudiendo, incluso, a llegar a denegarse su realización.

Contaminación atmosférica

Las principales disposiciones legales relativas a la contaminación atmosférica están recogidas en la Ley 38/ 1972, de 22 de diciembre, de Protección del Ambiente Atmosférico y en el Decreto 833/1975, de 6 de febrero, de desarrollo de la anterior Ley.

Esta legislación fue posteriormente modificada, como consecuencia de la transposición de nuevas directivas de la Unión Europea, en lo referente a niveles de calidad del aire de los parámetros más característicos. Así, las normas actualmente vigentes, relativas a niveles de dióxido de azufre y partículas, son el R.D. 1613/1985 y el R.D. 1321/1992 y, en relación a los niveles de dióxido de nitrógeno y plomo, el R.D. 717/1987.
contaminacion ambiental

El R.D. 822/1975 establece el Catálogo de Actividades Potencialmente contaminadoras de la Atmósfera. Estas actividades están obligadas a efectuar inspecciones de sus niveles de emisión, actuación a realizar por Entidades Colaboradoras de la Administración (E.C.A.). La frecuencia de las inspecciones dependerá de la clasificación de la actividad como A, B, C ( 2, 3, ó 5 años, respectivamente) y el resultado de éstas debe cumplir los límites de emisión exigidos en el Anexo IV de dicho R.D. 833/1975.

Por último, esta normativa exige a las empresas el llevar un Libro Registro debidamente actualizado, foliado y sellado por la Administración competente, en el que consten los resultados de mediciones, análisis e incidencias.

Pór otra parte, el Reglamento (CE) n° 2037/2000, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, de aplicación directa en los Estados miembros, regula las sustancias que agotan la capa de ozono. Así, prohíbe la utilización de determinadas sustancias tales como CFC, halones, tetracloruro de carbono, etc.., y establece que los sistemas de protección contra incendios que contengan halones serán retirados del servicio antes de finales del año 2003, debiendo recuperarse dichos halones.

Aguas continentales

El uso y la gestión de las aguas continentales, tanto superficiales como subterráneas, se regula en el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y los Reglamentos de desarrollo de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, ya derogada.

Vertido a cauce

Se exige una autorización de vertido para toda actividad susceptible de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del dominio público hidráulico, que puede ser revocada por incumplimiento de sus condiciones.

Además, establece un canon de vertido, cuyo importe es en función de la naturaleza, características y grado de contaminación del vertido, la mayor calidad ambiental del medio al que se vierte y de un precio básico ya fijado.

En el Reglamento del Dominio Público Hidráulico se desarrolla el procedimiento de petición y concesión de la autorización de vertido, la cual fija, entre otras, las condiciones de vertido.

Vertido a colector

En el caso de vertido a colector municipal, el R.D. 509/1996, de desarrollo del R.D. Ley 11/1995, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas, obliga con carácter general a los municipios a depurar sus aguas residuales antes de su vertido final. Los vertidos indiscriminados han provocado la emisión, por parte de muchos Ayuntamientos, de ordenanzas municipales que regulan la calidad de los vertidos no domésticos de aguas residuales, estableciendo los límites que no deben sobrepasar los distintos parámetros contaminantes, así como la necesidad de obtener autorizaciones de vertido a colector municipal.

Aguas marinas

El dominio público marítimo terrestre está constituido por la ribera del mar y de las rías, las playas, el mar territorial y las aguas interiores, con su lecho y subsuelo, los recursos económicos de la zona económica y la plataforma continental.

La Ley de 22/1988, de 28 julio, de Costas y su Reglamento de desarrollo (R.D. 1474/1989) definen los bienes de dominio público marítimo terrestre y prohíben el vertido de aguas residuales sin depurar.

Los vertidos requieren una autorización en la que se fijan los límites de emisión y deben tratarse de manera que no alteren la calidad del medio receptor. Los vertidos contaminantes autorizados se gravan con un canon en función de su carga contaminante.

Las competencias en materia de vertidos al mar se hallan transferidas a las Comunidades Autónomas.

Residuos

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, distingue dos categorías básicas de residuos:
- “residuos urbanos o municipales”, generados en domicilios particulares, comercios u oficinas, así como todos aquellos que no tengan la calificación de peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los anteriores.
- “residuos peligrosos”: los incluidos en la lista de residuos peligrosos publicada en la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero.

La citada Ley 10/1998 encomienda a los Ayuntamientos la gestión de los residuos urbanos, teniendo que ponerlos los productores a su disposición, en las condiciones que establezcan las Ordenanzas Municipales.

Asimismo, previa autorización de la entidad local correspondiente, estos residuos se podrán entregar a un gestor autorizado o registrado, para su posterior reciclado o valorización.

La gestión de los residuos peligrosos únicamente podrá ser realizada por empresas autorizadas a tal fin, excepto en el caso de que el productor disponga de autorización para gestionar sus propios residuos.

Deberán estar inscritos en el Registro de Pequeños Productores de su correspondiente Comunidad Autónoma aquellos productores que generen menos de 10.000 kg/año, estando exentos de presentar de declaración anual de productores de residuos peligrosos.

Todos los productores de residuos peligrosos quedan obligados a separar adecuadamente y no mezclar estos residuos, a envasar y etiquetar adecuadamente los recipientes que contengan los residuos, a disponer de una zona de almacenamiento debidamente acondicionada, en la que podrán permanecer los residuos peligrosos, antes de su entrega a un gestor autorizado, a llevar un libro registro de los residuos generados con indicación de la cantidad, naturaleza, origen...y a informar inmediatamente a la Administración pública competente en caso de desaparición, pérdida o escape de residuos peligrosos.

La Ley 11/1997 de Envases y Residuos de Envases tiene por objeto prevenir y reducir el impacto sobre el medio ambiente de los envases y la gestión de los residuos de envases a lo largo de todo su ciclo de vida.

Ruido

No existe normativa de ámbito estatal sobre esta materia. Algunas Comunidades Autónomas si han establecido límites de emisión de ruidos al exterior y los niveles que no deben sobrepasarse en función de la clasificación de las zonas urbanas y no urbanas.

Sin embargo, esta competencia es fundamentalmente municipal, por lo que son los Ayuntamientos los que principalmente han regulado, mediante Ordenanzas el nivel de ruido en sus áreas de influencia.

Suelos contaminados

La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, introduce, por primera vez en la legislación española, la regulación de los suelos contaminados, aunque deja para un desarrollo normativo posterior la mayor parte de las disposiciones.

Esta ley establece que las Comunidades Autónomas declararán, delimitarán y harán un inventario de suelos contaminados. La declaración de un suelo como contaminado obligará a realizar las pertinentes operaciones de limpieza y recuperación, a cargo del poseedor de los suelos contaminados y de los propietarios no poseedores (por este orden). Esta declaración de un suelo como contaminado podrá ser objeto de nota marginal en el Registro de la Propiedad, a cancelar cuando la CCAA declare que el suelo ha dejado de tener tal consideración.

Seguridad Industrial

La legislación española relativa a la seguridad industrial es muy extensa y abarca un amplio número de cuestiones que regulan las condiciones de proyecto, instalación, operación, mantenimiento, revisión e inspección de instalaciones potencialmente peligrosas para la salud humana y el medio ambiente, como por ejemplo:
- Aparatos a presión
- Instalaciones eléctricas de baja tensión
- Grupos electrógenos
- Centros de transformación
- Ascensores
- Recipientes frigoríficos
- Sistemas contra incendios
- Depósitos de propano e instalaciones receptoras
- Instalaciones receptoras de gas natural.
-Etc...

Sustancias y preparados peligrosos

Los Reales Decretos 373/1995 y 1078/1992 establecen que los responsables de la. comercialización de sustancias o preparados peligrosos deberán facilitar a los destinatarios, que sean usuarios profesionales, una ficha de datos de seguridad.

Asimismo, el R.D. 379/2001, aprueba el Reglamento y las instrucciones técnicas complementarias que regulan el almacenamiento de productos químicos.

Tratamientos y servicios plaguicidas

La Orden de 24 de febrero de 1993 establece que las empresas que efectúen tratamientos fitosanitarios y plaguicidas deben quedar inscritas en el Registro de Establecimientos y Servicios Plaguicidas.

Tendencias

En el ámbito europeo se están elaborando propuestas de directivas relativas a medio ambiente que, en algunos casos, supondrá una modificación de los límites contenidos en las autorizaciones o un aumento de los costes de gestión.

Prevención y control integrados de la contaminación 

La Directiva 97/61/CE sobre el control integrado de la contaminación (IPPC), que afecta sobre todo a grandes instalaciones y está en la última fase de su transposición a la normativa estatal como Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación, refleja las nuevas tendencias inspiradoras del desarrollo normativo: mayor coordinación en los procedimientos administrativos de autorización (en la que se contemplarán todos los aspectos medioambientales), es evitar la contaminación en origen mediante la utilización de la Mejores Técnicas Disponibles, evitar la transferencia de contaminación de un medio receptor a otro (aire-agua-suelo) y la promoción de la participación e información pública.

Registro Europeo de Emisiones

De acuerdo al artículo 15 de dicha Directiva y la Decisión de la Comisión 2000/479/CE, la Comisión Europea requiere de cada Estado miembro la recogida de los datos sobre emisiones y fuentes industriales contaminantes para su envío a la Comisión con objeto de establecer el Registro Europeo de Emisiones.

registro europeo de emisiones

Aunque en principio esta Directiva se dirige a grandes instalaciones, progresivamente ios principios que promueve se extenderán a todo tipo de instalaciones.

Emisión de COV's

La Directiva 13/99/CE, de 11 de marzo, fija los valores límite de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas instalaciones.

A modo de recapitulación vemos que la legislación medioambiental es muy extensa, puesto que trata de regular, no solamente gran cantidad de situaciones y ambientes, sino también los impactos producidos por una gran cantidad de energías y materiales nocivos. Por otro lado la normativa se publica, como hemos visto, a varios niveles: comunitario, estatal, autonómico e incluso local.

La normativa comunitaria se publica sobre todo en forma de Directivas que son vinculantes para los miembros, pero conservan la suficiente flexibilidad para que cada estado las adapte a sus modalidades legislativas. La Unión Europea también legisla mediante Regulaciones y Decisiones que tienen mayor grado de vinculación y precisión ya que se refieren a sectores muy específicos.

El Estado y las Comunidades Autónomas legislan preferentemente mediante leyes y decretos, aunque el grado de detalle que con frecuencia se necesita da lugar a órdenes ministeriales e incluso resoluciones.

A continuación se expone una serie de disposiciones legislativas relacionadas con el medio ambiente, ordenadas por materias y dentro de ellas, cronológicamente. Se han incluido solamente las consideradas de más frecuente aplicación. El alumno puede encontrar la lista completa y actualizada, e incluso acceder a los textos de algunas disposiciones en la página web del Ministerio de Medio Ambiente (www.mma.es)

Instrumentos generales de tutela ambiental

Decreto 2414/1961 de 30 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas modificado por Decreto 3494/1964 y aplicada por la Orden de 15 de marzo de 1963.

R.D. 598/1994 de 8 de abril. Normas para la aplicación del Reglamento CEE 880/1992 relativo a un sistema comunitario de concesión de etiqueta ecológica.

Ley 38/1995 de 12 de diciembre sobre el derecho de acceso a la información en materia de medio ambiente
R.D. 85/1996 de 26 de enero por el que se establecen normas para la aplicación del Reglamento CEE 1836/93 por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con carácter voluntario a un sistema de gestión y auditoría medioambientales.

Ley 16/2002 de 1 de julio de Prevención y Control integrados de la contaminación, que incorpora la Directiva 96/61/CE.

Novedades legislativas nacionales, autonómicas y europeas

Directiva 2006/51/CE de la Comisión de 6 de junio de 2006 por la que se modifican, para adaptarlos al progreso técnico, el anexo I de la Directiva 2.005/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y los anexos IV y V de la Directiva 2005/78/CE por lo que se refiere a los requisitos del sistema de supervisión del control de emisiones utilizable en los vehículos y a las exenciones aplicables a los motores a gas.

Orden de 31 de mayo de 2006, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se establecen las zonas para la gestión para el servicio público de eliminación de residuos industriales no peligrosos no susceptibles de valoración.

Acuerdo de 13 de junio de 2006, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Andaluz de Sostenibilidad Energética 2007-2013 (PASENER 2007-2013).

Aguas y Costas

Orden de 27 de mayo de 1967 sobre prohibición de determinados vertidos al mar.
R.D. 2116/1998 de 28 de agosto por el que se establecen normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales, que traspone la Directiva 98/15/CE.
R.D. 1253/1997 de 24 de junio sobre condiciones mínimas exigidas a los buques que transporten mercancías peligrosas o contaminantes con origen o destino en puertos marítimos nacionales.
R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. 
R.D. 606/2003 de 23 de mayo por el que se modifica el R.D. 849/1986 por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

Atmósfera

Ley 38/1972 de 22 de diciembre de Protección del Ambiente Atmosférico
Decreto 833/1975 de 6 de febrero que desarrolla la Ley 38/1972 de Protección del Ambiente Atmosférico
R.D. 1154/1986 de 11 de abril por el que se modifica el R.D. 1613/1985 sobre normas de calidad del ambiente: Declaración del gobierno de zonas de atmósfera contaminada
R.D. 717/1987 de 27 de mayo sobre contaminación atmosférica por dióxido de nitrógeno y plomo y adecúa a nuestra legislación las Directivas 85/203/CEE y 82/884/CEE
R.D. 646/1991 de 22 de abril por el que se establecen nuevas normas sobre limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión que traspone la Directiva 88/609/CEE R.D. 1613/1985 de 1 de agosto, por el que se modifica parcialmente el Decreto 833/1975 y se establecen nuevas normas de calidad del aire en lo referente a la contaminación por dióxido de azufre y partículas, el cual traspone la directiva 80/779/CE de 15 de julio de 1980 sobre la cuestión (modificado parcialmente por R.D. 1321/1992
R.D. 1073/2002 de 18 de octubre sobre evaluación y gestión de la calidad del aire ambiente en relación con el dióxido de azufre, dióxido de nitrógeno, óxidos de nitrógeno, partículas, plomo, benceno y monóxido de carbono
R.D. 117/2003 de 31 de enero sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades, incorpora al derecho interno la Directiva 1999/13/CE

Residuos, sustancias y preparados peligrosos

Orden de 13 de octubre de 1989 sobre Residuos tóxicos y peligrosos, métodos de caracterización, traspone la Directiva 84/449/CEE
R.D. 438/1994 de 4 de noviembre por el que se regulan las instalaciones de recepción de residuos oleosos procedentes de los buques, en cumplimiento del Convenio Internacional MARPOL 73/38
Resolución de 28 de abril de 1995 por la que se dispone la publicación del Plan Nacional de Residuos Peligrosos
Resolución de 28 de abril de 1995 por la que se dispone la publicación del Plan Nacional de Recuperación de Suelos Contaminados
Ley 11/1997 de 24 de abril de Envases y Residuos de Envases, traspone la Directiva 94/62/CE
R.D. 952/1997 de 20 de junio por el que se modifica el Reglamento de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, publicando la lista residuos peligrosos.
Ley 10/1998 de 21 de abril de Residuos, traspone la Directiva 91/156/CEE
R.D. 1425/1998 de 3 de julio, por el que se modifica el R.D. 1078/1993 sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos
R.D. 2115/1998 de 2 de octubre sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera
R.D. 1378/1999 de 27 de agosto por el que se establecen medidas para la eliminación y gestión de los policlorobifenilos, policloroterfenilos y aparatos que los contengan
Resolución de 13 de enero de 2000 por la que se dispone la publicación del Plan Nacional de Residuos Urbanos
R.D. 412/2001 de 20 de abril sobre transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril
R.D. 507/2001 de 11 de mayo por el que se modifica el reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por R.D. 363/1995.
Resoluciones de 14 de junio de 2001 por las que se dispone la publicación de los Planes Nacionales de Lodos de Depuradoras de Aguas Residuales y Residuos de Construcción y Demolición
Resolución de 8 de octubre de 2001 por la que se dispone la publicación del Plan Nacional de Neumáticos fuera de uso
R.D. 1481/2001 de 27 de diciembre por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero
R.D. 1383/2002 de 20 de diciembre sobre gestión de vehículos al final de su vida, incorpora la Directiva 2002/62/CE
R.D. 653/2003 de 30 de mayo sobre incineración de residuos 

Radiaciones

Real Decreto 1066/2001 Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico 
Orden CTE/23/2002 Condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicio de comunicaciones

Impacto ambiental

R.D. Legislativo 1302/1986 de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental que traspone la Directiva 85/377/CEE
R.D. 1131/1988 de 30 de septiembre por el que se aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental
Ley 6/2001 de 8 de mayo de modificación del R.D. Legislativo 1302/1986 de Evaluación de Impacto Ambiental

Conservación de la Naturaleza

R.D. 2994/1982 de 15 de octubre sobre restauración del espacio natural afectado por actividades mineras
R.D. 1116/1984 de 9 de mayo sobre restauración del espacio natural afectado por las explotaciones de carbón a cielo abierto
Ley 41/1997 de 5 de noviembre por la que se modifica la Ley 4/1989 de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.

PERMISOS

Qué hacer, a quién dirigirnos, o cómo presentar los impresos para obtener una autorización o un permiso medioambiental son problemas que los técnicos de medioambiente tienen que solventar. En esta tabla podrá encontrar información precisa sobre todas las autorizaciones de carácter medioambiental que son competencia de la Administración Central o de las Autonómicas.

tabla de autorizaciones de caracter medioambiental




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